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¿Qué son las pasantías?

Para que un alumno pueda hacer una pasantía en una empresa o institución, previamente debe firmarse un Convenio Marco de Pasantías entre dicha Empresa y la USAL.

PASANTÍAS - Características generales del sistema Resumen disposiciones de la Ley 26.427 Características generales: Para que un alumno pueda hacer una pasantía en una empresa o institución, previamente debe firmarse un Convenio Marco de Pasantías entre dicha Empresa y la USAL. A partir de la firma, la Empresa está habilitada para publicar búsquedas de pasantías e incorporar pasantes si los postulantes responden al perfil requerido. La condición necesaria para que un alumno pueda hacer una pasantía es que sea alumno regular de una carrera de grado de la universidad. Si un alumno tiene una relación o vínculo particular con una Empresa que le ofrece la posibilidad de hacer una pasantía, pero ésta no tiene un convenio firmado con la USAL, la Empresa deberá ponerse en contacto con el PIL, quien se encargará de gestionar todo lo necesario para formalizar la firma del Convenio Marco pertinente. Para acceder a las distintas alternativas de inserción laboral que les ofrece la Universidad, deberán previamente registrar sus datos y cargar su CV ingresando a la Página Web “usaltrabaja.universia.net” Resumen de disposiciones de la Ley 26.427: 1) Los alumnos deberán ser mayores de 18 años y no encontrarse trabajando ni haciendo otra pasantía al momento de acceder a este beneficio. La situación de pasantía no genera ningún tipo de relación laboral entre el pasante y la empresa. 2) La pasantía concluye si el alumno pasara a desempeñarse en relación de dependencia en la empresa o aprobara la última materia de su carrera de grado. 3) Con cada pasante la empresa deberá firmar un Acuerdo Individual donde se establecerán las condiciones de la pasantía. Este acuerdo será luego firmado por las tres partes participantes, el alumno, la empresa y la universidad (PIL), quien dará, luego de analizarlo, conformidad a la realización de la misma. 4) El plazo de las pasantías será de 2 meses como mínimo y 12 meses como máximo, pudiendo renovar el Acuerdo por 6 meses más en la misma empresa. La carga horaria será de 20 hs. semanales (máximo). 5) La empresa deberá proveer al alumno una cobertura de salud según lo establecido por la Ley 23.660 de Obras sociales y contratar una Aseguradora de Riesgos del Trabajo (ART) que resguarde la actividad de los pasantes. 6) La empresa entregará mensualmente a cada pasante para gastos de estudio una suma de dinero de carácter no remunerativo en concepto de asignación estímulo cuyo “piso” será calculado sobre el salario básico del Convenio Colectivo de Trabajo aplicable a la empresa, y que será proporcional a la carga horaria de la pasantía. De no contar con CCT, deberán basarse en el Salario Mínimo, Vital y Móvil. 7) Los pasantes reciben, conforme a las características de las actividades que realicen, todos los beneficios regulares y licencias que se acuerden al personal en relación de dependencia. Al mismo tiempo no serán acreedores de aguinaldos, vacaciones pagas, y beneficios previsionales, así como también cualquier otro concepto remunerativo que la empresa abone al personal en relación de dependencia. Sobre la asignación estímulo no se podrá practicar ningún tipo de retención o descuento. 7) Cada pasante gozará de un mínimo de 10 días de licencia por año para rendir sus exámenes parciales o finales, quedando a voluntad de la empresa otorgar al alumno, en más, los días que a su criterio sean necesarios a partir del mínimo.

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